LOS TEMIDOS PUNTOS DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL QUE MOVILIZA A TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO
Se oponen. Trabajadores públicos no están de acuerdo con la creación del Servicio Civil. Sostienen que nuevo régimen laboral es perjudicial porque promueve despidos masivos y quita derechos adquiridos.
Como un atentado a los derechos de los trabajadores del sector público fue calificado el proyecto de Ley del Servicio Civil. Los estatales consideran que esta propuesta viola sus derechos laborales adquiridos a lo largo de los años y promueve su retiro. A consecuencia de ello se iniciaron protestas contra el gobierno de Ollanta Humala Tasso.
El cuestionado proyecto de Ley del Servicio Civil surgió en enero de este año. Fue enviado por el presidente Ollanta Humala al Congreso. Indicó que el objetivo de la norma es que las entidades estatales alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia. Ello conllevará a la mejora de servicios al usuario, serán rápidos y de calidad.
El abogado especialista en derecho municipal, Juan Carlos Rebaza Merino, sostiene que la propuesta tiene la intención de mejorar el sector público. "Todos sabemos que no tenemos un buen aparato público, no hay eficiencia de parte de algunos trabajadores. Ellos creen que porque tienen su estabilidad laboral asegurada, nadie los puede sacar, por ende no se esfuerzan por mejorar".
Rebaza agrega que se debe cambiar ese pensamiento, pero con una norma clara y consensuada entre trabajadores y el gobierno.
PUNTOS CONTROVERTIDOS
Uno de los principales puntos cuestionados por los trabajadores al proyecto de Ley del Servicio Civil está referido a la evaluación. En el Artículo 11 de la propuesta se indica que una de las causas de la terminación de la relación del trabajador con la entidad es que este demuestre una ineficiencia comprobada. El secretario de los trabajadores administrativos de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Walter Rosa Tejeiro, sostiene que son las "reglas" de esta nueva ley las que afectan sus derechos.
"Es claro que si un trabajador no pasa las evaluaciones será despedido y eso no lo aceptamos. Tenemos derechos adquiridos".
Sobre el tema, el especialista Juan Carlos Rebaza indica que las evaluaciones son buenas, porque ayudan a tener mayor eficacia. Explica que el temor de los servidores a las evaluaciones es que las mismas sean políticas, direccionadas al despido para la contratación de personal afín a la autoridad de turno. "Eso se debe evitar. Hay que detallar los criterios de prueba para que no se preste a malos entendidos".
Otro punto en controversia es que no se permitirá que los trabajadores realicen procesos de negociación colectiva con las entidades estatales. El dirigente Walter Rosa señala que no se puede violar la Constitución donde se establece este derecho.
Para Rebaza la negociación colectiva siempre existió. Pero en los últimos años se hizo mal uso de este derecho, ya que funcionarios de confianza que no son sindicalizados fueron favorecidos con estos beneficios. "La Ley de Presupuesto ya estableció que no se puede aumentar remuneraciones con pactos colectivos si antes no son aprobados por el Ministerio de Economía. Lo que se busca es evitar el mal uso de este instrumento".
Finalmente, los servidores públicos cuestionan que se les quite su derecho a la huelga. Refieren que la misma lo suprime, empero en el proyecto de ley se indica que esta se realiza luego que se cumplan los plazos de ley. También se critica que el proyecto no establece la escala remunerativa de los que integrarán el Servicio Civil.
Enfoque
Se unifican regímenes laborales
El proyecto de Ley del Servicio Civil es una norma que unifica los sistemas laborales del Decreto Legislativo 276, 728 y el régimen CAS (Contrato Administrativo de Servicio). En este nuevo modelo, con las evaluaciones de desempeño se busca estimular el buen rendimiento y el compromiso del servidor civil con la entidad pública. Se busca calidad. Esta esencia es rescatable, porque se trata de mejorar.
Un asunto polémico son los supuestos de la suspensión laboral. Este tema no está claro. Se señala que se detiene la relación laboral cuando se ejercita el derecho de huelga. No se especifica por cuanto tiempo es la detención y si la misma implica descuentos salariales.
Otro punto es la supresión del puesto de trabajo por "causas tecnológicas, estructurales u organizativas". Esto conlleva a la interpretación. No se sabe si un trabajador será despedido si hay un sistema que lo pueda reemplazar.
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